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 Resolución General 13/2010

Modifica Reglamentación de Préstamos para Financiación de Deudas

Visto:

Que, en un todo de acuerdo a las recomendaciones realizadas por la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina, la Caja de Previsión está llevando adelante los reclamos correspondientes a aportes personales adeudados.

Que en concordancia con lo expuesto precedentemente, se entiende necesario tomar todas las medidas necesarias conducentes a facilitar la regularización de aportes en mora.

Que en tal sentido, se entiende que el análisis de las garantías a requerir en los créditos de regularización de deudas debe adaptarse a cada situación particular.

 
Considerando:

Que es facultad del H. Directorio reglamentar las líneas de préstamos a otorgarse por intermedio de esta Caja de Previsión, según lo establecido por el artículo 37 inc. i) de la Ley 8349.

 
El Directorio de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba

Resuelve:

 
Artículo 1: Modifíquese el artículo 16º del Anexo I de la Resolución General 04/09, el que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 16: La Caja podrá, a su exclusivo criterio, requerir la presentación de las garantías personales y/o reales que considere pertinentes.

 
Artículo 2: Deróguese el artículo 17º del Anexo I de la Resolución General 04/09.
 
Artículo 3: Establézcase la vigencia de la presente desde el día de la fecha.
 
Artículo 4: Regístrese, publíquese y archívese.

 

Córdoba, 11 de Noviembre de 2010