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 Crédito Profesional Certificante



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La solidaridad de los profesionales certificantes es reconocida por la Caja a través de esta línea especial de crédito con tasa de interés preferencial y sin requisito de presentación de codeudores.

Requisitos del solicitante

  1. Ser afiliado activo y haber ingresado al CPCE y CPS en cada uno de los tres últimos años inmediatos anteriores al de la solicitud un mínimo de $ 5.000 en concepto de 17,50 % y/o 6,5 %.
  2. Haber abonado los aportes personales durante los tres últimos años con una morosidad promedio igual o inferior a 90 días.
  3. Haber cancelado los créditos tomados con la Caja y/o Consejo en los últimos cinco años con una morosidad promedio igual o inferior a 30 días.
  4. Estar al día en el pago de sus aportes personales, derecho profesional y contribuciones al Departamento de Servicios Sociales, préstamos como titular o codeudor.
  5. No tener antecedentes negativos en bases de datos del BCRA o de centrales de riesgo del sistema financiero, siendo extensivo este requisito a los cónyuges de los solicitantes.
  6. Haber sido aceptado en la cobertura de seguro de vida contratada por la Caja de Previsión.
  7. Para créditos de $ 25.000 en adelante, el solicitante o su cónyuge deberán ser propietarios de inmueble o rodados, a satisfacción de la Caja.
  8. En cada caso la Caja podrá requerir otros requisitos complementarios.

Montos y amortización

 

Se podrán acordar créditos de $ 1.000 a $ 50.000, en múltiplos de $ 1.000. Las cuotas para su cancelación serán calculadas por el método de amortización francés, cuyos vencimientos operarán los días 15 de cada mes.

Tasas de interés y punitorios

Cancelación Tasa de Interés Topes para tasas variables
Hasta 12 meses:

30,72%

nominal anual fija
Hasta 12 meses (variable):

21,84%

Badlar (1) + 15,00 % anual
Hasta 24 meses (variable):

22,44%

Badlar (1) + 16,20 % anual
Hasta 36 meses (variable):

22,80%

Badlar (1) + 17,40 % anual
(1) Tasa de interés relevada por el BCRA para depósitos a 30 días de más de un millón de pesos en bancos privados.
 
Las tasas de punitorios son equivalentes a las tasas de interés incrementadas en un 75 %

Gastos, sellados y seguros

Gastos de otorgamiento: 0,50 % sobre el importe del crédito acordado. Gastos administrativos: 5 ‰ sobre el valor de la cuota. Seguro de vida a cargo del deudor.

Cancelaciones anticipadas

Sin costo, con reducción de plazo (disponible para tasa fija o variable) o disminución de cuota (solo para tasa variable), a elección del titular del préstamo, la cual deberá ser mantenida en lo sucesivo. No podrán ser por montos inferiores al importe de 2 cuotas mensuales, ni efectuarse más de 2 cancelaciones parciales anticipadas por mes.

Ejemplos de cuotas (2)

 

 

Tasa fija Tasa variable
Monto 12 cuotas 12 cuotas 24 cuotas 36 cuotas

20.000

1.944,62

1.858,41

1.025,12 752,54

30.000

2.916,93 2.787,62 1.537,67

1.128,81

40.000

3.889,24

3.716,83

2.050,23

1.505,08

50.000

4.861,54

4.646,03

2.562,79

1.881,35

C.F.T.

34,77 %

23,46 %

23,02 %

23,04 %

(2) Incluyen seguro de vida y gastos administrativos.

Documentación a presentar por los solicitantes

  •   Formulario de declaración jurada generado a través de   www.cpcecba.org.ar/caja/solicitud.asp
  •  Documento de identidad propio  y de su cónyuge o conviviente.
  •  Impuesto o servicio que acredite domicilio particular.
  •  Formulario de declaración de salud provisto por la Caja, para el seguro de vida del solicitante.
  •  Constancia de CBU de la cuenta bancaria del afiliado solicitante para la acreditación del crédito.
 
Personas en relación de dependencia
  •  Ultimos tres recibos de sueldo (antigüedad mínima requerida: 2 años).
  •  Ultimo recibo o comprobante de pago de compromisos vigentes en entidades financieras. 
 
Profesionales Independientes
  • Seis últimos pagos de monotributo abonados en término, de corresponder.
  • Declaración jurada y pago del impuesto a las ganancias y bienes personales del último período fiscal vencido, de corresponder.
  • Ultimo recibo o comprobante de pago de compromisos vigentes en entidades financieras.
 
Otras actividades independientes
  • Igual documentación que la indicada para profesionales independientes
  • Certificación de ingresos correspondientes a los 6 últimos meses anteriores a la presentación detallada por mes y tipo de ingreso.
  • Comprobantes del pago en término de los 6 últimos períodos de:
    * Tasa municipal sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.
    * Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
    * Aportes previsionales
  • Ultimo recibo o comprobante de pago de compromisos vigentes en entidades financieras.
  • En caso de ingresos por locación de inmuebles, contrato de alquiler vigente (debidamente timbrado).
  •  En caso de ingresos por retiros de utilidades de sociedades, acta que dispone la distribución (que surge de libro debidamente intervenido por Inspección de Personas Jurídicas).

 

Importante

  •  Para que la solicitud sea procesada, deberá haberse completado la declaración jurada on line en todos sus ítems, y presentado la documentación correspondiente en Sede Central o Delegaciones del CPCE.
  •  La factibilidad del crédito será determinada por la Caja teniendo en cuenta - entre otros factores - la totalidad de los compromisos monetarios de los obligados.
  • Para una mejor calificación de la solicitud, acompañar copia de escrituras de inmuebles y títulos de automotores del solicitante y/o cónyuge.
  • La Caja se reserva el derecho de requerir en cada solicitud mayores garantías y/o requisitos que los indicados en la presente, denegar los pedidos de crédito que - a su exclusivo criterio - no ofrezcan las condiciones de cobrabilidad adecuadas, como también aprobarlos por importes o plazos de cancelación distintos a los requeridos.
  • Los créditos serán liquidados mediante acreditación en cuenta bancaria de titularidad del afiliado solicitante.
  •  En todos los casos firmará como codeudor del préstamo el cónyuge del solicitante.
  • Cuando el primer pago venza el día quince del mes subsiguiente a su otorgamiento, junto con la primera cuota se deberán abonar los intereses proporcionales del mes de liquidación.


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