![]() | NOTICIAS / TRIBUTARIA / Lunes 26 de Octubre de 2009 / 11:46 La Provincia estableció un nuevo régimen de facilidadesEl Gobierno provincial estableció por decreto un régimen de regularización tributaria para las obligaciones no
prescripas adeudadas y vencidas al día 31 de diciembre de 2008, al cual los contribuyentes podrán acogerse hasta el próximo 30 de noviembre.
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El nuevo plan, establecido por el decreto del Ejecutivo 1411, publicado hoy en el Boletín Oficial, permite incluir los siguientes impuestos, incluyendo actualizaciones, recargos, intereses y multas: a) Impuesto sobre los Ingresos Brutos. b) Impuesto Inmobiliario. c) Impuesto de Sellos. d) Impuesto a la Propiedad Automotor. e) Tasas Retributivas de Servicios. f) Todo otro recurso cuya recaudación o administración sean conferidas a la Dirección General de Rentas. Se incluyen también las deudas en gestión de cobro o discusión en sede administrativa o judicial.
Los contribuyentes podrán optar por cancelar las obligaciones al contado o mediante un plan de facilidades de hasta 36 cuotas, de acuerdo con las disposiciones previstas en el Decreto N° 1352/05. No podrán regularizarse por este régimen:
1. Las deudas en gestión judicial, con sentencia firme.
2. Las deudas de los agentes de retención, percepción o recaudación que habiendo practicado las retenciones, percepciones y/o recaudaciones, no las hubieran ingresado al Fisco, ni aún fuera de término. Comprende el capital, sus actualizaciones, recargos, intereses y/o multas que pudieran corresponder. Los planes de facilidades de pago vigentes, que no hubieren incurrido en causales de caducidad, podrán reformularse en un nuevo plan de pagos. | |
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Tags: impuesto, plan, deudas, facilidades, intereses, recargos, actualizaciones, régimen, judicial, recaudación, decreto, gestión Notas relacionadas:
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