![]() | NOTICIAS / SISTEMA FINANCIERO / Viernes 06 de Julio de 2012 / 11:24 Cómo serán los nuevos créditos al 15% para la inversiónEl Banco Central reglamentó la línea que deberán otorgar obligatoriamente los bancos. |
El Banco Central instrumentó la línea de créditos para inversión que había anunciado el miércoles la presidenta Cristina Fernández, que tendrán que otorgar los bancos en un monto equivalente a un 5% de sus depósitos privados.
A través de la Comunicación A 5319, se fijaron las condiciones de esta línea que, según la estimación del organismo tendrá un piso cercano a los 15.000 millones de pesos.
Deberán otorgar la Línea de Crédito para la Inversión Productiva, las entidades financieras que operen como agentes financieros de cualquier nivel de gobierno y aquellos bancos con participación igual o superior al 1% en los depósitos totales.
Piso. Las entidades deberán destinar, como mínimo, un monto equivalente al 5% del promedio mensual de los saldos diarios de los depósitos del sector privado no financiero en pesos en junio de 2012.
MiPyMEs. Al menos el 50% de ese monto deberá ser otorgado a micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
Destino. La línea se destinará a la financiación de proyectos de inversión destinados a la adquisición de bienes de capital o a la construcción de instalaciones necesarias para la producción de bienes o servicios y la comercialización de bienes (excluyendo bienes de cambio). Los fondos no podrán destinarse a la adquisición de una empresa en marcha o de tierras, o a la financiación de capital de trabajo. No podrán aplicarse a la refinanciación de asistencias previamente otorgadas por la entidad. Tampoco se podrán encuadrar en esta línea las financiaciones comprendidas en las normas sobre “Adelantos del BCRA con destino a financiaciones al sector productivo” ni aquellas que se acuerden conforme otros regímenes especiales de crédito (como programas de la Sepyme). Tasa de interés máxima. La tasa de interés a percibir por las entidades financieras será de hasta el 15,01% nominal anual fija hasta la cancelación de la financiación. Moneda y plazos. Las financiaciones deberán ser denominadas en pesos y tener (al momento del desembolso) un plazo promedio igual o superior a 24 meses, ponderando para ello los vencimientos de capital, sin que el plazo total sea inferior a 36 meses. Acuerdo y desembolso de los fondos. Los bancos deberán acordar los financiamientos en su totalidad al 31 de diciembre de 2012. Podrán desembolsarse de manera única -sin exceder esa fecha- o escalonada -sin exceder el 30 de junio de 2013-. En este último caso solamente cuando lo justifiquen las características del proyecto a financiar. |
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